LA JAURÍA COMO NORMA.

Miren ustedes por donde que me llega, por correo electrónico, como es natural de origen desconocido en lo que a mí me compete, el siguiente escrito, supuestamente redactado por un funcionario policial de la Jefatura Superior de Pamplona.

Sé que los hechos relatados ocurrieron, me enteré por la prensa, que a mi modesto entender dio poco eco a la noticia, y leyendo el documento, sin asegurar nada, doy mi aval de que el mismo goza de suficientes indicios de autenticidad.

Ahí les dejo el ilustrativo parte interno y juzguen por ustedes mismos que, al final, daré yo unas pinceladas sobre lo que opino del caso:

 

 

El Policía D. (------------------------------) con número de carné  profesional  ------- y destinado en la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana , Grupo de Atención al Ciudadano (G.A.C.), de  la Jefatura Superior de Policía de Navarra y con domicilio a efectos de notificación su propia unidad, COMUNICA:

 

          Que siendo el día  11 de octubre de 2008, sábado,  mientras realizaban sus labores propias de prevención de la delincuencia, siendo parte de la dotación Z-10, son comisionados por la Sala Operativa del 091 para la realización de un OPERATIVO.

 

         Que dicho operativo consistía en el traslado de un recluso desde la Cárcel de la ciudad de Pamplona hasta una Iglesia (San Blas),  sito en la calle Landazal 2 (BURLADA), con el fin de que dicho recluso asistiera al SEPELIO de su padre fallecido.

        Que dicho recluso responde  al nombre de Aitor TORREA GOÑI, imputado por un delito de PERTENENCIA A BANDA ARMADA E.T.A.

 

        Que ante tal situación el policía que suscribe interroga sobre cuál sería el plan de acción y los efectivos para desarrollar dicho "operativo" a lo que se le responde que NO EXISTE una orden desarrollada NI ESCRITA por la SUPERIORIDAD así como que los medios  personales utilizados serian únicamente la dotación del propio policía (Z-10) que suscribe para el traslado de preso y el indicativo Marca y H-100 para la contra vigilancia así como un subgrupo del la Unidad de Intervención Policial.

 

       Que ante tal situación el policía compareciente manifiesta su  desacuerdo para el desarrollo de dicho Operativo dado su ALTA PELIGROSIDAD y las características del recluso, así como la falta de medios  humanos para su desarrollo. A lo que se  responde que se han solicitado más medios pero  que la superioridad no ha  considerado oportuno el incremento de los mismos.

 

        Que siendo las 17:30, el indicativo Z-10 recoge del centro penitenciario de Pamplona al recluso Aitor TORREA GOÑI para su traslada hasta la iglesia de San Blas escoltado únicamente por el indicativo Marca y H-100.

 

       Que siendo las 17:55 horas, hacen su llegada al centro religioso donde se puede observar a CINCO ( 5 ) funcionarios de la Unidad de Intervención Policial en las inmediaciones del centro eclesiástico así como a una masa de entre 300 y 350 personas en las puertas de la iglesia.

 

       Que el Policía que suscribe, antes de sacar al recluso del vehículo policial, se entrevista con el funcionario  al mando de la unidad de intervención  para interrogarle sobre si:

 

-         Se ha procedido a una requisa previa del interior de la iglesia.

 

-         Si nos escoltaría en  el interior del local.

 

        Que dicho funcionario encargado de la Unidad de Intervención contesta que por parte suya NO se ha realizado ningún tipo de inspección del interior del lugar así como que su única función sería la de permanecer en los EXTERIORES de la Iglesia, en previsión de algún altercado.

 

        Que muy  a pesar de los acontecimientos, el dispositivo continua, resultando que en el momento de bajar al recluso del vehículo Policial y ser observado por la masa de gente allí congregada esta rompe el silencio con un estruendoso aplauso en apoyo al preso.

 

       Que acto seguido los integrantes del indicativo Z-10 proceden a entrar con el reo,  en el centro donde tendría lugar el sepelio, con muchas dificultades y en un ambiente de tensión y crispación por la presencia de la dotación policial.

 

       Que es de señalar que una vez en el interior y situados en el primer banco, reservado a los familiares,  la dotación se encuentra SIN NINGUN TIPO DE APOYO POLICIAL,  más que del propio Subinspector.

 

       Que en el interior del centro religioso habría más de 350 personas las cuales ocupaban todos los rincones y salidas del lugar, bloqueando todos los accesos haciendo prácticamente imposible la salida rápida en caso de emergencia, como así fue necesaria posteriormente.

 

      Que una vez finalizado  el funeral y cuando los integrantes de la dotación policial se disponían a salir por el pasillo central, el preso Aitor TORREA GOÑI, grita  en voz vociferante y sorpresiva "GORA ETA, GORA EUKALERRIA ASKATASUNA,…" alentando a la masa y poniendo a la misma en contra de los actuantes, tratando zafarse y huir entre la multitud.

 

      Que  como consecuencia de este acto, la masa se abalanza sobre los actuantes propinando puñetazos  y patadas, así como golpeando a los agentes con diversos objetos, produciéndose el LINCHAMIENTO de los dos policías uniformados integrantes del indicativo  Z-10.

 

      ** Que dada la cantidad de gente allí congregada, la salida se hizo impracticable, pues la masa obstruía la misma, haciendo muy difícil tanto la salida de los policías como la entrada de la Unidad de Intervención, debiendo de usar  todos los medios a su alcance  así como la fuerza necesaria.

 

      Que una vez en el exterior de la iglesia son apoyados por la Unidad de Intervención, al tiempo que   continúa la agresión sobre los policías allí presentes.

 

Que finalmente se consigue abandonar el lugar retornando al preso al Centro Penitenciario de Pamplona.

 

Que el funcionario que suscribe desde su punto de vista quiere hacer constar que:

 

            *Como consecuencia  de la NULA previsión y  FALTA de medios puestos a   disposición, por parte de la superioridad, del operativo llevado a cabo, han resultado HERIDOS VARIOS POLICIAS, entre ellos el compareciente, así como daños en dos vehículos  Policiales.

 

Que de la misma manera el Policía compareciente se pregunta:

 

-         Sabiendo  con tiempo más que suficiente de este dispositivo por parte de la Superioridad ¿Por qué no se desarrollo un plan de actuación oficial ni se tomaron las medidas oportunas, conociendo la peligrosidad del Reo?

 

-         Sabiendo  con tiempo más que suficiente de este dispositivo por parte de la Superioridad y existiendo un grupo especifico para traslados y custodias de presos, conocido como Grupo de Polivalente, Indicativos BÚFALO, ¿Por qué se le encomienda dicho operativo al Grupo de Atención al Ciudadano, Z's?   ¿Por que no existía ningún indicativo Búfalo en servicio dicha tarde, conociendo la importancia del servicio de ante mano?

 

-         Sabiendo  con tiempo más que suficiente de este dispositivo por parte de la Superioridad y de conocida importancia por relacionarse el reo con gente del entorno abertzale, ¿Por qué no acudió ningún indicativo de la Brigada Provincial de Información o a quien le competiese, con anterioridad al lugar para la valoración e  inspección tanto de la masa  allí presente como del lugar?

 

-         Sabiendo  con tiempo más que suficiente de este dispositivo por parte de la Superioridad, ¿Por que solo se enviaron a cinco (5) Funcionarios de la Unidad de Intervención Policial y se les dio Orden de permanecer  fuera del recinto eclesiástico, abandonando a su suerte a los integrantes de la dotación encargada del traslado en el interior de la misma?

 

       Que el policía que suscribe quiere poner todo esto en conocimiento de la superioridad, con el fin de que tales acontecimiento NO SE VUELVAN A REPETIR  y queriendo resaltar  la labor por parte del Subinspector (H-100), el cual organizó y coordinó el dispositivo con los medios materiales y humanos que puso a su disposición la superioridad así como la profesionalidad de los POLICÍAS actuantes por su valor, entrega y dedicación ante los hechos ocurridos. Lo que se comunica a los efectos oportunos.

 

Pamplona a 15 de octubre de 2008

 

 

 

 

SR COMISARIO, JEFE DE LA BRIGADA PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA                                                                              PAMPLONA

 

 

Estas cosas suceden, con una frecuencia más allá de lo tolerable, en estas fechas, en el octavo país más rico del mundo, según dicen.       

El Estado de Derecho, con el que tanto se les llena la boca a más de uno, no puede tolerar bajo ningún concepto que hechos similares se vengan repitiendo y que los autores de los mismos queden impunes.

No se puede abandonar a su suerte a los encargados de protegernos, como si fueran carnaza para una jauría de chacales. También ellos tienen derecho a la mínima seguridad y el Estado debe garantizarla.

Espero que, cuando menos, se produzcan los oportunos ceses de los incompetentes de las poltronas desde las que toman decisiones que pueden costar la vida a ciudadanos honrados.

También, como no, que se identifique y detenga convenientemente a los autores de la vil agresión y que la fiscalía que corresponda no califique los hechos como una "falta contra el orden público", como suele hacer en más de una ocasión.

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