SPAIN IS DIFFERENT. Aunque lo parezcan, no son secuelas de Roquetas.

Video conseguido gracias a Xurxo. Título modificado gracias a la inestimable colaboración de Mr. Reivaj.

7 comentarios :

Un Oyente de Federico dijo...

No sabemos que hechos cometidos por el descamisado son los causantes de que la Guardia Civil le quiera detener.
Pero suponiendo que hubiera motivos, es admirable e insólita si no lo vemos por el video, la santa paciencia de esos agentes.
Uno que en conversaciones de cafe, postula a favor de los Cuerpos de Seguridad del Estado, utilizo al rebatir las argumentaciones de los que prefieren llamarlos “Cuerpos Represivos”, el que las personas que los compones son padres, madres abuelos, como nuestros vecinos de al lado y de enfrente y lo hago convencido de ello, al margen de mi condición de “facha” por la que se me supone propensión a ello.
Me gusta pensar que entre todos tejemos una red social, el estado cumpliendo sus obligaciones y el ciudadano aportando generosidad, solidaridad y demás valores que aunados producen ese colchon social, que amortigua las caidas para que en la mayoria de los casos sólo se “manquen” pequeñas “brechas”.

Todo este planteamiento, hace unos días se me ha caído por tierra.
El día 23 mi mujer me llama y me dice que a nuestra hija la ha detenido la policía y está en la comisaría de Carabanchel.
No me pilla de sorpresa, pues consideraba esa posibilidad desde que se integró en el colectivo que gestiona un “Centro Social Okupado Autogestionado” del barrio.
Esta actividad de mi hija a mi me enorgullece y más cuando me cuenta que en un concierto de punk-herd-core de los que organiza, abuchearon al cantante de un grupo que empezá a dar el mitin pro-etarra diciendo que el Estado estaba asesinando a De Juana Chaos.
Esta educada en la generosidad y está viviendo su tiempo como supongo que yo lo haría.

Ya en la comisaría me dirijo a el policia (un chaval) que informa: “Buenos días, me han avisado de que mi hija está aquí detenida”. el joven policía me mira y me contesta: “Si ¿y qué?”.

Le juro don Filo que noté en ese momento, que se me desmoronaba algo por dentro. Ni siquiera me preguntó como se llamaba mi hija. Sabía que tenía delante a un padre angustiado y ni el más mínimo gesto ni interés en informarme.
Suplicandole, literalmente, conseguí que me dijera que la iban a llevar a comer (seguía sin que yo le dijera el nombre de mi hija), que posteriormente vendría el abogado de oficio y luego la llevarían ante el juez. Pero no me dijo por que la habían detenido.

Al día siguiente a las 10 de la noche, la veíamos salir a ella y a sus amigos por la salida del Juzgado de Guardia de la Pza Castilla.
Nos contó resaltando el trato cariñoso por parte de un policía mayor en la comisaría de Carabanchel.
Nos relató la crisis de pánico y el desmayo dentro del coche celular que los trasladaba de Carabanchel a Moratalaz donde tendrían que pasar la noche, ella manifestó a los policías del celular que era propensa a la claustrofobia, estos a medio camino pararon dejando el celular al sol, les cortaron el aire y se compraron unos bollos que durante más 15 minutos se comieron tranquilamente, mientras torturaban gratuitamente a las 7 personas que tenían dentro. Al día siguiente los policías que los llevaron a los juzgados, fueron más comprensivos y la llevaron delante.
Nos contó el frío que había pasado durante la noche, ella, sus amigas, las dos yonquis, la puta rumana y la dominicana que había pegado a su marido, con las que compartió el calabozo, que pidió una manta, pero hasta septiembre no las daban.
Y salió, sonriendo por vernos en la puerta. Sin odio, porque esta educada para no odiar.

Y yo empezaré a considerar cosas que antes no consideraba.

Juan Luis Nepomuceno González dijo...

Son los riesgos de ser "anti-sistema". En este país se detiene a gente por cometer delitos tipificados en el Código Penal, donde no se comprende eso de Centro Social Okupado Autogestionado.
Que hay de todo en la viña del señor y de los cuerpos de seguridad, claro que sí, como en el colectivo okupa, los hay pacíficos y los hay partidarios de la "Acción Directa".
Siento lo de su hija, de verdad, pero en los calabozos policiales no se distingue entre puta dominicana, yonki o rebelde anti-sistema de buena familia.
Pregúntele a La Pantoja.

Anónimo dijo...

Me llama la atención que Ud.Sr. Oyente todavía se haga la pregunta de cuales son los hechos cometidos por el descamisado para que la Guardia Civil le quiera detener, vamos hombre, en que mundo vive Ud. ya que en el mío creo no hace falta mucha imaginación, podría nombrarle más de cinco sin pensarlo mucho. Con respecto a lo de su hija yo también lo siento mucho, pero el moverse en ciertos colectivos entrañan estos riesgos y Ud. lo sabe (quiero pensarlo así) y me imagino que la Policía no detiene así por que así, puesto como Ud. bien ha dicho, estas personas también tienen familia, mujer, hijos e hipoteca y no creo que en los tiempos que corremos nadie pone en peligro el pan de sus hijos y no me diga que estos funcionarios están respaldados por la Justicia puesto que visto lo visto, son a los que primero se les pide responsabilidades. Eso si, hay de todo, por supuesto, como funcionarios de ayuntamiento, médicos, profesores, jueces,camareros, cajeras de supermercado…etc, que en un momento dado tenemos la desgracia de cruzarnos en su camino y por tanto tener una mala experiencia, he aprendido en carne propia que generalizar es un error y algún día le diré el porqué.
En fin y volviendo al video me resulta una estampa muy triste ver a tres agentes del orden corretear alrededor del coche patrulla como quien está jugando al pilla pilla, llevando consigo alguna que otra patada, yo creo que no tendría esa paciencia y que conste que la tengo. Que pasaría si solamente hubieran puesto los dos últimos minutos? Acaso no vendería más ante los medios de comunicación?

Un Oyente de Federico dijo...

Don Xurxo, en la secuencia que ha puesto Don Filo, no se indica el motivo por el que la GC quiere detener al descamisado y si es por imaginar motivos, yo puedo imaginarme más que Ud. desde que sea el secuestrador de Madeleine McCan o integrante del Comando Nafarroa o que hubiera arrancado una mata de Manzanilla Real en La Alpujarra granadina.

El formar parte de “ciertos” colectivos implica riesgos, entre ellos el de ser detenido por la policia.
Ya lo asumí en mi comentario:
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“No me pilla de sorpresa, pues consideraba esa posibilidad desde que se integró en el colectivo que gestiona un “Centro Social Okupado Autogestionado” del barrio.”
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Ellos (los okupas) también lo tienen medidos y tanto ellos como cualquier persona actuamos y medimos nuentros actos dilucidando entre lo bueno y lo malo y entre lo legal y lo ilegal.
El conflicto viene generado en este caso porque ellos consideran bueno algo que es ilegal.

Con la ley en la mano miden el riesgo, saben que tras la orden de desalojo, recogen sus cosas y si no ofrecen resistencia alguna, es un cargo de “usurpación”. Lo más que les hacen es llevarlos a comisaria les toman los datos y les sueltan. Al día siguiente se tienen que presentar ante el juez.
A los que el juez considere cabezillas les pone una multa que con un par de conciertos solidarios sacan pasta suficiente para pagarla.

En este caso, el de mi hija y sus amigos (el mayor de todos tiene 21 años), se da la mañana del 23 al avisarles un vecino de que estaba la policía e iban a tapiar la entrada.
Pudieron avisar a 6 entre ellos a mi hija que estaba haciendo las prácticas de su módulo, cogió la bici y se fue para allí.

Se encontraron a la policía y a los albañiles que iban a empezar a levantar el muro, hablaron con la policía para que les dejara sacar las cosas les dieron permiso y empezaron a sacar a la calle, el congelador los libros de la biblioteca, las herramientas, la batería y el ampli de guitarra que les regaló mi hermano.
En un momento uno de los policías cambió de opinión y decidio que se detuviera a todos y para comisaría.
En medio de la calle se quedó todo, libros, ampli, congelador y la bici de mi hija.

Seguro que fue legal, el que los detuvieran, el que los hicieran pasar la noche en un calabozo como a La Pantoja, o el que no las pudieran dar una manta hasta septiembre.
Ni los abogados de oficio (2) que les pusieron, ni el fiscal se explicaban el porqué de haberles hecho pasar la noche en el calabozo, pero seguro que es legal.
Pero lo que dudo que sea legal es tener a 7 personas en un celular de la policía, que es un cajón de hierro, practicamente hermético, de apenas metro y medio de alto, cortarles el aire y aparcarlo al sol mientra se comen un bollo.

Y en cuantro al trato que le comente que me dieron a mí, mi hija me ha corregido. Resulta que el “chaval” que me atendió, fué el mismo policía que les dio a ellos un trato cariñoso y estuvo pendiente de que se encontraran lo mejor posible dentro de su situación.
Por lo que supongo, que mi apreciación de indiferencia y falta de atención, estaría distorsionada por la angustia.
A este “chaval” (Segis, creo que se llama) le agradezco que dejara un aspecto amable dentro de la experiencia que recordará mi hija.
Y no sólo, lo que se rieron esa noche cuando la dominicana las relataba la paliza que había dado a su marido, al que según contaba, años atrás había metido 8 puñaladas.

Mr Reivaj dijo...

Estimado
Con toda la prudencia que pueda ser aplicada, me atrevería a sugerirle el cambio en el título de la entrada. Claro está que siempre y cuando la referencia a Roquetas se haga a los hechos por los que el Ministerio de Defensa (aplicando eso sí el artículo 85 de la Ley de personal de la Guardia Civil) suspendió por 6 meses a 8 guardias civiles . La fecha creo que fue en 24 de Julio de 2005 y el You Tube ( estupendo por otra parte )parece que está grabado en Agosto de 2001. Si esto fuere así es evidente que no se puede aplicar el título de "Secuelas".
Dicho esto, he observado con detenimiento el vídeo y me parece "casi" impecable la actuación de la primera parte (hasta la llegada de la segunda patrulla). Es un modelo de actuación y preparación. Sobre todo el guardia más calvo y con bigote (que al final utiliza el tolete) para mí merece una buena calificación en el cuerpo a cuerpo , utiliza sabiamente la fuerza del contrario ( parece incluso conocer el Taichisao o quizá Kungfú). No quisiera que se interpretase como broma , si en Roquetas hubiesen trabajado al igual que lo hicieron los agentes del vídeo habrían sabido que estaban aplicando el milenario "ARte de la Guerra" de Sun Tzu que refiriéndose a "La Fuerza" dice cosas tan interesantes como ésta:
Cuando induces a los adversarios a venir a ti, entonces su fuerza siempre está vacía; mientras que no vayas hacia ellos, tu fuerza siempre está llena. Atacar el vacío con el lleno es como arrojar piedras sobre huevos: es seguro que éstos se rompen.
Lo dicho, un modélico ejemplo de aplicación de fuerza que si hubiese sido seguido por los compañeros de Roquetas CUATRO años después hubiese tenido consecuencias menos indeseadas por todos , pienso.
Perdón por lo largo , pero e posible que haga una referencia en el blog de Mr Reivaj a este vídeo , por demás muy interesante.
Un afectuoso saludo
Mr Reivaj
http://mrreivaj.com

Juan Luis Nepomuceno González dijo...

Mr. Reivaj, puede usted postear el video cuando quiera en su blog, faltaría más. Gracias por la corrección a mi precipitación en titular la entrada, si bien, aunque sea anacrónico el suceso, bien pudiera ocurrir hoy. Sé por mis visitas a su blog que sabe usted bastante sobre filosofía oriental y de las artes marciales, tema que también me apasiona si bien dejé de practicar hace años. Yo, lo que veo en el video es muy distinto, al principio es mucho miedo, justificado por otra parte dadas las dimensiones de "La Bestia" y el estado en que se encontraba y falta de coordinación entre los tres guardias, sobre todo si tenemos en cuenta que, además de cobrar ellos, el individuo suponía un peligro también para los transeuntes.
No obstante, si bien la contundencia final es mucho menos correcta, a mi parecer es más efectiva pues resuelve el problema con poca lesividad para el detenido y con rapidez pues, éste, al recibir el primer golpe, cambia su actitud y opta por la huída en vez de querer comerse a los beneméritos con patatas.
En Roquetas, creo recordar, según autopsia y sentencia, el individuo no fue "asesinado" por los guardias sino que murió por otras causas.
Una persona de más de cien kilos y dos metros de estatura, bien surtido de ciertas sustancias estupefacientes, se convierte por lo general en alguien poco razonable y, en aquél triste caso, la contundencia fué torpe y a destiempo, con medios poco ortodoxos, pero nunca hubo en el ánimo de los procesados afán homicida.
Un saludo de nuevo.

Anónimo dijo...

Estimado ,
No es un problema de anacronismo. Es una cuestión más simple:
Secuelas , son consecuencias generalmente negativas de alguna cosa por lo que sucede en el vídeo es anterior en CUATRO AÑOS a lo que sucedió en Roquetas, luego no puede ser CONSECUENCIA DE...
Otra cosa, es que usted encuentre relación entre ambos hechos y así lo quiera expresar. En tal caso no haría este razonamiento y argumentación lógica , si no tal vez daría mi opinión y valoración coincidente o no con la suya. Como muy bien sabemos los que alguna vez utilizamos espada , el "sostenella y no enmendalla" no es aconsejable para la finta.
Pudiera ser posible y opinable por tanto que "lo" de Roquetas fuese una consecuencia de "lo" que se expone en este vídeo ( secuela por tanto). ¡¡ Fíjese que recalco "Pudiera ser posible". Pero donde no entra la posibilidad es en la redacción actual, lo cual invalida una buena entrada en su blog, cosa que no nos merecemos sus seguidores.
Por otra parte apelo a su "agudeza" por cuanto en ningún momento hice referencia en mi comentario al desarrollo judicial de "lo" de Roquetas , si no al artículo 85 (Ley de Personal de la Guardia Civil) que aplicó el Ministerio de Defensa a los guardias y tenientes que intervinieron en el "luctuoso" suceso.
Para "navegantes interesados" :
Artículo 85. Situación de suspenso de funciones.

1. El pase a la situación de suspenso de funciones de los guardias civiles se podrá acordar como consecuencia del procesamiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar contra el imputado en un procedimiento penal o por la incoación de un expediente gubernativo.

2. El Ministro de Defensa, valorando la gravedad de los hechos imputados, la existencia o no de prisión preventiva, el perjuicio que la imputación infiera al régimen del Instituto o la alarma social producida, podrá acordar la suspensión en el ejercicio de sus funciones. El Ministro del Interior determinará si dicha suspensión lleva consigo el cese en el destino.

3. El guardia civil en situación de suspenso de funciones permanecerá inmovilizado en el puesto que ocupe en el escalafón.

El periodo máximo de permanencia en esta situación será de seis meses o el de duración de la prisión preventiva, caso que se hubiere acordado por la autoridad judicial en algún momento del procedimiento y fuese superior a seis meses.

4. En el supuesto de cese en la situación de suspenso de funciones por levantamiento de la prisión preventiva, el Director general de la Guardia Civil podrá acordar, por resolución motivada en la que habrán de valorarse los hechos imputados, la trascendencia social y el interés del servicio, la prohibición de solicitar y obtener destino por un periodo de tiempo que no podrá exceder del momento de dictarse sentencia firme o auto de sobreseimiento.

5. El tiempo permanecido en la situación de suspenso de funciones sólo será computable a efectos de trienios y derechos pasivos. En caso de sobreseimiento del procedimiento, sentencia absolutoria o terminación del expediente gubernativo sin declaración de responsabilidad, será repuesto en su destino si a su derecho conviniera, recuperará su situación en el escalafón, incluido el ascenso que hubiera podido corresponderle, y el tiempo transcurrido le será computable como tiempo de servicios.

Cuando el período de tiempo permanecido en la situación de suspenso de funciones sea superior a la duración de la condena por sentencia firme o de la sanción disciplinaria por expediente gubernativo, la diferencia le será computable como tiempo de servicios.

6. La suspensión de funciones acordada por las autoridades con potestad disciplinaria, según lo previsto en la Ley Orgánica 11/1991, de 17 de junio, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, no tendrá más efectos que el cese del inculpado en el ejercicio de sus funciones por un periodo máximo de tres meses.

7. A los efectos de la plantilla del Cuerpo de la Guardia Civil, los guardias civiles en la situación de suspenso de funciones contabilizarán de igual forma que los que se encuentren en la de servicio activo.

Ha sido un placer departir con Vd.
Haya Salud